Desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 8/2019, la gestión del tiempo de trabajo ha dejado de ser una opción para convertirse en una obligación crítica para cualquier empresa en España. No cumplir con el registro diario de jornada puede acarrear sanciones graves que van desde los 751 € hasta más de 7.500 € por infracción.
¿Qué requisitos exige la Inspección de Trabajo?
La ley no solo pide que se fiche; pide que el registro sea fiable, inalterable y accesible. Estos son los puntos clave que un inspector revisará en tu cuaderno de bitácora:
- Registro diario obligatorio: Debe incluir la hora específica de inicio y de fin de la jornada de cada trabajador, sin excepciones por cargo o responsabilidad.
- Conservación de datos: La empresa debe guardar los registros durante un mínimo de 4 años. Estos deben estar a disposición de los trabajadores, sus representantes legales y la Inspección de Trabajo.
- Accesibilidad inmediata: En caso de inspección, los datos deben poder consultarse en el momento. No vale con decir "se los enviaremos mañana".
- Inalterabilidad de la firma: El sistema debe garantizar que los datos no han sido modificados a posteriori para cuadrar horas extras no pagadas.
Consecuencias del incumplimiento: Más allá de la multa
Además de la sanción económica directa por parte de la LISOS (Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social), la falta de un registro horario adecuado invierte la carga de la prueba en procesos judiciales. Si un empleado reclama horas extraordinarias y la empresa no tiene el registro legal, el juez tenderá a dar presunción de veracidad al trabajador.
Cómo Mycheck blinda la seguridad jurídica de tu empresa
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“El objetivo del control horario no es vigilar, sino proteger la salud laboral y garantizar la transparencia entre empresa y empleado.”